6 de octubre de 2011

¿Quién dijo que el Examen Periódico Universal es un juicio contra Venezuela?


Citas de la ONU y sus organísmos de Derechos Humanos en relación al documento presentado por Venezuela para el Examen Periódico Universal 1 .

Glosario: CERD: Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, CEDAW: Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; CRC: Convención sobre los Derechos del Niño; SNU: Sistema de Naciones Unidas.
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Acerca del marco constitucional y legislativo de Venezuela.
La CEDAW celebró la aprobación de la Constitución de 1999, que utilizaba un lenguaje no sexista, establecía la igualdad de derechos entre mujeres y hombres en todas las esferas de la vida, e incluía disposiciones que protegían los derechos humanos de las mujeres.

El CERD acogió con satisfacción los derechos y principios contemplados en la Constitución, que establecía el carácter multiétnico y pluricultural de la sociedad venezolana y consagraba los derechos de los pueblos indígenas.

En 2008, once años después de su visita a Venezuela, el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes se mostró complacido por los progresos en la legislación relativa a la protección de los derechos humanos y, en particular, a la prevención y represión de los actos de tortura. 

Acerca de la infraestructura institucional y de derechos humanos en Venezuela
La Defensoría del Pueblo de Venezuela fue acreditada como institución de categoría "A" por el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos en 2002, categoría ratificada en 2008. 

En 2007 el CRC observó que Venezuela había establecido una Dirección Especial de los Derechos del Niño y del Adolescente adscrita a la Defensoría del Pueblo, pero lamentó que no estuviera presente en todo el país.

El CERD observó la creación de instituciones especializadas para luchar contra la discriminación racial.

Acerca de las medidas y políticas emprendidas por Venezuela
El SNU indicó que Venezuela había cumplido los Objetivos de Desarrollo del Milenio relativos a la reducción de la pobreza extrema y el acceso al agua potable y los sistemas de saneamiento, y que quedaban por alcanzar las metas relativas a la educación primaria universal, la igualdad de género en el acceso a la educación y la reducción de la mortalidad infantil.

El SNU manifestó que se habían realizado esfuerzos para mejorar los derechos económicos y la participación social y política de las mujeres. 

la ONU destacó la creación de instituciones y de programas sociales como el Banco Nacional de la Mujer, el programa "Vuelvan Caras" y la misión Madres del Barrio. 

El CEDAW apreció las diversas medidas adoptadas con el fin de promover el adelanto de las mujeres y lograr la igualdad con los hombres. 

Cooperación con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
Venezuela aportó contribuciones financieras a tres fondos de ayuda humanitaria en 2004, 2006 y 2009, y al Fondo de las Naciones Unidas de contribuciones voluntarias para las víctimas de la tortura y al Fondo Fiduciario de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Luchar contra las Formas Contemporáneas de la Esclavitud en 2007.

Opinión de la ONU acerca de Venezuela y el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos 

Igualdad y no discriminación
El CEDAW, al tiempo que tomó nota de la adopción de medidas dirigidas a combatir los estereotipos de género, observó con inquietud la persistencia de actitudes estereotipadas y modelos de comportamiento patriarcales con respecto a las funciones y responsabilidades asignados al hombre y la mujer en la familia y en la sociedad, que socavaban los derechos humanos de la mujer.

El CRC celebró la creación de la Red de Organizaciones Afrovenezolanas pero observó que faltaban estadísticas relativas a la situación de la población de ascendencia africana. El Comité observó también que existían prácticas discriminatorias contra los niños afrovenezolanos.

El CRC recomendó a Venezuela que: 

1) velara por que los niños con discapacidad recibieran educación, y fomentara la inclusión de esos niños en las escuelas ordinarias;
2) realizara un estudio a fondo sobre la prevención de las discapacidades; y promoviera y ampliara los programas de rehabilitación comunitarios ya existentes, como los grupos de apoyo a los padres.

El SNU manifestó que no existían normas ni políticas que protegieran a las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales del rechazo, la discriminación y las violaciones de sus derechos humanos. 

Derecho al matrimonio y a la vida familiar
El CRC acogió con satisfacción las diversas iniciativas y los logros realizados para facilitar la inscripción de los niños al nacer, como el Plan de Identidad "Yo Soy".

Derecho a la seguridad social, a la salud y a un nivel de vida adecuado
El CRC aplaudió los esfuerzos del Estado para reducir la pobreza mediante sus programas sociales, especialmente las misiones, pero señaló que le seguía reocupando que los niños continuaran siendo los principales afectados por la pobreza.

En el Marco de Asistencia de las NacionesUnidas para el Desarrollo (MANUD) 2009-2013 se señaló que, a pesar de las políticas de inclusión, las disparidades en Venezuela seguían siendo importantes. 

El CERD reiteró su preocupación ante la persistencia de desigualdades ocioeconómicas profundas y estructurales que afectaban a los afrodescendientes y a los pueblos indígenas.

El SNU expresó que se habían cumplido las metas de reducción de la pobreza extrema y mejora del acceso al agua potable y a los sistemas de saneamiento.

El SNU indicó que los esfuerzos para fortalecer el acceso de la población a alimentos en cantidad suficiente habían mejorado los niveles de nutrición.

El CRC recomendó a Venezuela que integrara la misión sanitaria Barrio Adentro y la red de salud pública de modo que se complementaran mutuamente.

El CEDAW instó a Venezuela a que garantizara el acceso efectivo de las mujeres a los servicios de salud sexual y reproductiva, en particular las jóvenes, las mujeres de zonas rurales y las mujeres indígenas y de ascendencia africana.

El Comité de Derechos Humanos expresó su preocupación por la penalización de todo aborto no terapéutico, sobre todo a la luz de informes no cuestionados según los cuales muchas mujeres se sometían a abortos ilegales poniendo en peligro sus vidas.

Derecho a la educación
La UNESCO indicó que Venezuela reconocía que la educación era uno de los derechos humanos básicos y una obligación social fundamental del Estado.

El marco constitucional y jurídico vigente ofrecía una educación de calidad, justicia social y el respeto de los principios de no discriminación, diversidad cultural, participación, inclusión e interés superior del niño.

El SNU señaló que la tasa de alfabetización se había incrementado notablemente.

Por su parte, el SNU manifestó que, sin perjuicio de los avances logrados, quedaba por mejorar la desigual distribución de oportunidades de educación que seguían siendo menores principalmente para algunos segmentos de la población con más bajos recursos.

El CRC celebró que la educación de los niños fuera una de las principales prioridades de la política gubernamental y que se hubieran logrado evidentes progresos.

Sin embargo, al Comité le seguía preocupando que las tasas de matriculación de los niños indígenas, de ascendencia africana y de las zonas rurales fueran bajas todavía; que obstáculos burocráticos dificultaran la continuación de los estudios de los niños refugiados y solicitantes de asilo

Minorías y pueblos indígenas
El SNU reconoció que los pueblos indígenas gozaban de derechos específicos mediante los cuales se procuraba saldar la deuda histórica de colonización y discriminación.

El SNU señaló importantes avances institucionales como la creación del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas.

El CERD pidió a Venezuela que, para poner fin a la violencia relacionada con conflictos por la tierra, que afectaba principalmente a los pueblos indígenas y a los afrodescendientes, adoptara medidas efectivas y urgentes que incluyeran un mecanismo de vigilancia independiente para investigar esos hechos, de tal manera que no quedaran impunes.

Además, el Comité tomó nota de los esfuerzos de Venezuela en cuanto a la demarcación de las tierras indígenas, pero señaló que le seguía preocupando que la posesión efectiva de las tierras y recursos indígenas continuara viéndose amenazada y restringida por las agresiones reiteradas por parte de individuos o grupos privados

El SNU observó que un importante avance para los afrodescendientes en Venezuela había sido la inclusión de su identificación, vía auto reconocimiento, en el Censo de Población y Vivienda 2011

Observaciones de la ONU en cuanto a logros, mejores prácticas, retos y limitaciones
El CERD observó con satisfacción que los pueblos indígenas de Venezuela estaban representados en la Asamblea Nacional por diputados elegidos por los pueblos indígenas, respetando sus usos y costumbres.

El SNU señaló que el acceso al tratamiento del VIH/SIDA era universal y gratuito y estaba garantizado sin discriminación.

El SNU señaló que, aunque se habían realizado importantes esfuerzos para garantizar el acceso a la información pública, era necesario mejorar los registros y estadísticas nacionales y poner esta información a disposición del público.

Prioridades, iniciativas y compromisos nacionales esenciales

Recomendaciones específicas que deben ser objeto de seguimiento
El CERD pidió a Venezuela que, en el plazo de un año, le informara de la aplicación de sus recomendaciones, contenidas en los párrafos 14 (datos estadísticos desagregados sobre los afrodescendientes), 18 (personas indígenas o afrodescendientes asesinadas en conflictos por la tierra) y 19 (pueblos indígenas del Alto Orinoco y de las cuencas del Casiquiare y Guainía-Río Negro) de las observaciones finales.

El Comité de Derechos Humanos pidió a Venezuela que, en el plazo de un año, le proporcionara información sobre, entre otras cosas, las medidas que hubiera adoptado a la luz de las recomendaciones relativas a la tortura (párrafo 8 de las observaciones finales), la detención policial (párr. 9), las cárceles (párr. 11) y la situación del poder judicial y las normas del debido proceso (párrs. 12 a 14). Se recibieron cuatro respuestas.

El SNU formuló, entre otras, las siguientes recomendaciones:

a)Fortalecer los sistemas de información, generar estadísticas adecuadas y establecer mecanismos de monitoreo sobre acciones destinadas a la igualdad de género, soberanía alimentaria, niñez y adolescencia, medio ambiente, pueblos indígenas y afrodescendientes, personas necesitadas de la protección internacional, administración de justicia y seguridad ciudadana, a fin de facilitar la rendición de cuentas y la definición de políticas adecuadas;

b) Aprobar una Ley orgánica de reforma del Registro Civil, así como legislación antidiscriminatoria y de reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo;

c) Aprobar el Reglamento de la Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia e introducir las reformas correspondientes en los Códigos Civil y Penal;

d) Establecer el programa formativo de jueces en materia de derechos humanos como requisito para el ingreso y la permanencia en la carrera judicial;

e)Diseñar y aplicar políticas y programas de acceso a la justicia, prestando particular atención a las personas privadas de libertad, con ayuda del SNU;

f) Generar espacios de diálogo con todos los integrantes de la sociedad organizada, independientemente de las tendencias políticas;

g)Mejorar los mecanismos necesarios para asegurar y ampliar la participación política de la mujer venezolana;

h)Aprobar la propuesta de Ley orgánica de la salud dirigida a la consecución de un sistema público nacional de salud;

i)Proporcionar documentos de identidad a todos los extranjeros solicitantes de refugio y refugiados que se ncuentren en el territorio venezolano, garantizando el principio de no devolución y otras normas internacionales.


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1.Compilación y seleción por César Aponte a partir del documento oficial de las ONU "Recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la información suministrada por VENEZUELA  al Consejo de Derechos Humanos de la ONU"; el cual recopilla información que figura en los informes de los diversos organismos de tratados de Derechos Humanos, así como los procedimientos especiales, con inclusión de las observaciones y los comentarios de Venezuela, y otros documentos oficiales pertinentes de las Naciones Unidas.


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